viernes, 2 de septiembre de 2022
COMEDOR 2022- 2023
COMEDOR 2022 - 23
Servicio gestionado por la dirección del colegio.
Teléfono: 918846397
Correo electrónico: cp.gregoriocanella.villalbilla@educa.madrid.org
IMPORTANTE: Cualquier ausencia o cambio en los días de asistencia a comedor deberá ser comunicado al centro al menos con 2 días lectivos de antelación.
Solicitud para usuarios del comedor:
CONSULTA EL MENÚ DE ESTE MES

USUARIO: GREGORIO CANELLA // CLAVE: CANELLA022
(Es posible que tengan que escribir dos veces el usuario y la contraseña para poder acceder)
NORMATIVA
NORMAS GENERALES PARA EL USO DEL COMEDOR ESCOLAR
- Cualquier asunto o incidencia relacionada con el servicio de comedor deberá encauzarse únicamente a través de Secretaría o Dirección.
- El comedor es un servicio complementario educativo que el colegio ofrece para los alumnos que lo necesitan. Quedarse en él no es obligatorio sino voluntario, por lo que los alumnos deben cumplir las normas establecidas por el Centro en el Plan de Convivencia. Dicho servicio se desarrolla todos los días lectivos entre las 14:00 y las 16 horas. Se adelantará en 1 hora los meses de septiembre y junio.
- Los alumnos que, por prescripción médica, requieran un régimen de comidas, deben traer el informe médico y entregarlo en Secretaría o Dirección.
- El precio del servicio de comedor es de 4,88 € por día (pendiente de confirmación de precio público oficial). Cada mes se abonará el importe correspondiente al número de días de comedor de dicho mes.
- Los alumnos que hagan uso del servicio de comedor por un periodo comprendido entre el mínimo establecido (10 días lectivos), hasta un mes; y los que asistan días alternos,abonarán 5,50 € por día. Los alumnos que, excepcionalmente, asistan un día suelto, aportarán el justificante de abono para apuntarse.
- Los pagos se efectuarán mediante domiciliación bancaria o ingreso en el banco, para lo cual deberán rellenar los datos pertinentes en el impreso de solicitud que se entregará en la Secretaría del colegio. Los recibos se pasarán al cobro entre el día 5 y 10 de cada mes, excepto:
- Diciembre: el cobro se realizará el último día lectivo de diciembre.
- Junio: el cobro se realizará el último día lectivo de junio.
Se informa, asimismo, que los gastos originados por la devolución de los recibos corren a cargo del alumno, siempre que no sean por una incidencia imputable al centro.
Según el Acuerdo Marco para la prestación del Servicio de comedor escolar en los centros docentes públicos no universitarios de la Comunidad de Madrid las devoluciones del importe del servicio quedan reguladas del siguiente modo:
- Baja temporal de usuarios en el comedor escolar: en el supuesto de inasistencia de algún comensal por un período igual o inferior a siete días lectivos a lo largo de un mismo mes, únicamente deberá abonarse el 60% sobre el precio de la minuta comensal/día. La misma cantidad se abonará en los casos siguientes:
- Huelga, a excepción de las que afecten al personal del servicio de comedor escolar, que imposibilite la prestación del mismo.
- Aquellos días que no funcione el comedor escolar por haberse declarado oficialmente no lectivos, con posterioridad a la aprobación del calendario escolar.
- Aquellos días en que los alumnos se encuentren realizando actividades programadas fuera del recinto escolar y no se les suministre comida para llevar.
- Bajas definitivas y bajas temporales superiores a siete días lectivos a lo largo de un mismo mes de usuarios en el comedor escolar: en el supuesto de baja definitiva o temporal (superior a siete días lectivos) de un alumno en el comedor escolar en el período de un mes, se abonará la minuta según la siguiente escala:
- Con un preaviso de siete días antes de la baja cero euros.
- Con un preaviso de tres días antes de la baja 60 % del precio de la minuta.
- Con un preaviso de menos de tres días antes de la baja 100% del precio de la minuta.
- La falta de pago o las devoluciones reiteradas en las domiciliaciones implica la pérdida automática de la plaza de comedor, sin que ello suponga la condonación de la deuda que hasta ese momento se tenía contraída con el comedor.
ESTAS INSTRUCCIONES Y NORMAS HAN SIDO ELABORADAS SIGUIENDO EL SIGUIENTE MARCO LEGISLATIVO:
- Ley 37/1992, de 28 de diciembre, del Impuesto sobre el Valor Añadido, modificada por la Ley 28/2014, de 27 de noviembre (BOE del 28).
- Ley Orgánica 1/1996, de 15 de enero, de Protección Jurídica del Menor, de modificación parcial del Código Civil y de la Ley de Enjuiciamiento Civil (BOE del 30) y Real Decreto 1110/2015, de 11 de diciembre, por el que se regula el Registro Central de Delincuentes Sexuales (BOE del 30).
- Decreto 77/2021, de 23 de junio, del Consejo de Gobierno, por el que se regula el servicio de comedor escolar en los centros docentes públicos no universitarios de la Comunidad de Madrid (BOCM de 25).
- Real Decreto 191/2011, de 18 de febrero, sobre Registro General Sanitario de Empresas Alimentarias y Alimentos. (BOE del 8 de marzo).
- Ley 17/2011, de 5 de julio, de seguridad alimentaria y nutrición. (BOE de 6 de julio).
- Documento de consenso sobre la alimentación en Centros Educativos aprobado el 21 de julio 2010 por el Consejo Interterritorial del Sistema Nacional de Salud.
- Pliego de Cláusulas Administrativas Particulares y Pliego de Prescripciones Técnicas del Acuerdo Marco para la prestación del Servicio de comedor escolar en los centros docentes públicos no universitarios de la Comunidad de Madrid y actuaciones inherentes al mismo, dividido en 266 lotes, a adjudicar por procedimiento abierto mediante pluralidad de criterios a partir del curso 2021/2022.
- Resolución conjunta de 23 Junio de 2021 de las Viceconsejerías de Política Educativa y de Organización Educativa por la que se dictan instrucciones sobre medidas organizativas y de prevención, higiene y promoción de la salud frente a covid-19 para centros educativos en el curso 2021-2022.
- Orden 2619/2017, de 13 de julio (BOCM del 28), del Consejero de Educación, Juventud y Deporte, por la que se establece el precio del menú escolar en los centros docentes públicos no universitarios de la Comunidad de Madrid, posteriormente modificada por las siguientes órdenes: o Orden 2014/2020, de 2 de septiembre (BOCM del 14), del Consejero de Educación y Juventud. o Orden 2859/2020, de 5 de noviembre (BOCM del 19), del Consejero de Educación y Juventud. o Orden 1640/2021, de 8 de junio (BOCM del 17), del Consejero de Educación y Juventud.
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Servicio gestionado por la dirección del colegio.
Teléfono: 918846397
Correo electrónico: cp.gregoriocanella.villalbilla@educa.madrid.org
NORMAS GENERALES PARA EL USO DEL COMEDOR ESCOLAR
1.-Todos los alumnos que hagan uso del servicio de comedor deben rellenar cada curso necesariamente la solicitud de comedor, quedando sujetos a las normas que regulan su funcionamiento.
https://www.educa2.madrid.org/web/centro.cp.gregoriocanella.villalbilla/solicitud-comedor
2.- Cualquier asunto o incidencia relacionada con el comedor deberá encauzarse únicamente a través de la secretaría o de la dirección.
3.- El comedor es un servicio complementario educativo que el colegio ofrece para los alumnos/as que lo necesitan. Quedarse en él no es obligatorio sino voluntario, por lo que si algún alumno incumple reiteradamente las normas, podrá ser separado de la utilización de este servicio por la comisión de comedor del Consejo Escolar. Dicho servicio se desarrolla todos los días lectivos entre las 14:00 y las 16:00 horas. Se adelantará en 1 hora los meses de septiembre y junio.
4.- La empresa adjudicataria de este servicio es SERCAIB S.L., que se responsabiliza de la elaboración en la cocina del centro y servicio de los menús y se somete a los controles de calidad prescriptivos (Comunidad, local e interno).
5.- Los menús serán establecidos por la empresa, con las modificaciones que crea oportunas la Comisión de comedor del Consejo Escolar.
6.- Todos los meses se colgará en la web el menú indicado para cada día y, al final de cada trimestre para su consulta por las familias. También pueden consultarlo en http://www.sercaib.es/clientes.php con el código: GREGORIO CANELLA y contraseña: CAN022.
7.- Los alumnos que, por prescripción médica, deban seguir un régimen de comidas, deben traer el certificado médico y entregarlo en secretaría o dirección.
8.- El precio del servicio de comedor es de 4,88 € por día. Cada mes se abonará el importe correspondiente al número de días de comedor de dicho mes.
9.- Los alumnos que hagan uso del servicio de comedor por un periodo comprendido entre el mínimo establecido (10 días lectivos), hasta un mes; y aquellos que asistan días alternos abonarán 5,50 € por día.
10.- Los pagos se efectuarán mediante domiciliación bancaria, para lo cual deberán rellenar los datos pertinentes en el impreso de solicitud que figura en la cara de este documento. Los recibos se pasarán al cobro en los primeros 10 días de mes (excepto el mes de septiembre). Se informa, asimismo, que los gastos originados por la devolución de los recibos corren a cargo del alumno. En caso de ser días alternos se detalla en la página 1 de este documento.
11.- Las ausencias aisladas de los alumnos al comedor no podrán ser descontadas. Solamente se tendrán en cuenta en el caso de que se prolonguen más de 3 días, y previa comunicación anticipada y por escrito. "La suspensión temporal de los servicios de comedor por causas justificadas no exime del pago de la parte de la minuta correspondiente a salarios de personal laboral". En caso de ENFERMEDAD O AUSENCIA del alumno, comunicada previamente y por escrito, se pagarán los primeros 3 días completos, y a partir del 3.er día el 50 % de la minuta. El descuento se realizará al efectuar el ingreso del mes siguiente. En las excursiones y salidas con comida contratada en destino, los alumnos de servicio de comedor abonarán el 50 % correspondiente al personal laboral del mismo.
12.- Las comunicaciones de baja del comedor se realizarán por ESCRITO en la secretaría del centro. De lo contrario se entenderá que continúan siendo usuarios del servicio y deberán abonar todo este tiempo.
13.- Los alumnos que utilicen el servicio de comedor podrán salir del centro exclusivamente a las 15:15 o a partir de las 15:45, en compañía de sus padres o personas autorizadas; o con permiso por escrito de los padres, y siempre con el conocimiento del vigilante.
14.- La falta de pago o las devoluciones reiteradas en las domiciliaciones implica la pérdida automática de la plaza de comedor, sin que ello suponga la condonación de la deuda que hasta ese momento se tenía contraída con el comedor.
15.- Los padres de los alumnos que soliciten acogerse a los precios reducidos de comedor, deben pasarse por secretaría y presentar una solicitud, para que el programa de la Comunidad de Madrid compruebe si tiene derecho a ello.
16.- Los usuarios del servicio de comedor se atendrán a las normas generales del centro contempladas en el Reglamento de Régimen Interior, así como a las normas específicas de este servicio que podrán solicitar en la secretaría o visualizar en la página web.
ESTAS INSTRUCCIONES Y NORMAS HAN SIDO ELABORADAS SIGUIENDO EL SIGUIENTE MARCO LEGISLATIVO:
- ORDEN 917/2002, de 14 de marzo, de la Consejería deEducación, por la que se regulan los comedores colectivosescolares en los centros docentes públicos no universitariosde la CAM.
- ORDEN 3028/2005, de 3 de junio, de la Consejería deEducación, por la que se modifica parcialmente laOrden 917/2002, de 14 de marzo, por la que se regulan loscomedores colectivos escolares en los centros docentes públicosno universitarios de la CAM.
- ORDEN 4212/2006, de 26 de julio, por la que se modificala Orden 917/2002, de 14 de marzo, Reguladora de loscomedores escolares en los centros docentes públicos nouniversitarios de la CAM.
- ORDEN 4212/2006, de 26 de julio, por la que se modificala Orden 917/2002, de 14 de marzo, Reguladora de loscomedores escolares en los centros docentes públicos nouniversitarios de la CAM.
USUARIOS FIJOS Y FIJOS-DISCONTINUOS
Solicitud y condiciones del servicio de acogida "Los primeros del cole" para el curso 2021-2022 DESCARGAR
Deben rellenar la solicitud y firmarla. Posteriormente deben mandarla por correo electrónico al centro. Si no pudieran hacerlo, pueden pedir cita previa por los canales habituales para su entrega presencial.
Las medidas higiénico-sanitarias en el servivio de acogida son las mismas que las establecidas para el servicio de comedor. Pueden leer dichas medidas en "Protocolos COVID-19 en el CEIP Gregorio Canella"
USUARIOS ESPORÁDICOS
NORMAS PARA LA UTILIZACIÓN DEL SERVICIO DE ACOGIDA DE FORMA ESPORÁDICA.
Para la utilización del “servicio de acogida matinal” de forma esporádica, se deberán seguir los pasos que a continuación se detallan:
1. El día previo a que el alumno/a vaya a hacer uso del servicio de acogida, se avisará en Dirección para que lo notifiquen a la Cuidadora.
2. Se hará un ingreso o transferencia de 5€ en la cuenta de Banco Sabadell ES05 0081 4178 3100 0143 4751, titular de la cuenta SERCAIB, concepto “servicio de acogida”.
3. Al día siguiente, al dejar al alumno/a en la acogida, se le entregará a la Cuidadora el justificante de haber realizado el pago.Sin este justificante, el alumno/a no se podrá quedar a la Acogida.
Recordar aquellos alumnos que vayan hacer uso del comedor escolar durante el curso 2020/21 (tanto antiguos usuarios como nuevos) deben rellenar la solicitud y remitirla por correo electrónico al colegio.
Deben descargar la solicitud previamente a ser rellenada, guardar el archivo rellenado y firmado y mandarlo por correo electrónico al centro.(cp.gregoriocanella.villalbilla@educa.madrid.org)
La solicitud la pueden encontrar en la pestaña "Secretaría"
Así mismo, en la pestaña Secretaria hay una opción de Ayuda de trámites online para poder firmar la solicitud digitalmente. Si no fuera posible, pueden remitir la solicitud y concertar una cita para venir al colegio y firmarla de forma presencial posteriormente.
https://www.educa2.madrid.org/web/centro.cp.gregoriocanella.villalbilla/ayuda-tramites-telematicos
En la pestaña COVID, pueden ver todas las medidas higiénico-sanitarias que se van a implantar en el centro según la normativa que se vaya estableciendo en cada momento del curso escolar
https://www.educa2.madrid.org/web/centro.cp.gregoriocanella.villalbilla/covid-19
Desde la web del colegio se ha publicado que el servicio de acogida y comedor no podrá ofertarse hasta el día 17 de septiembre por falta de usuarios.

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